Archivo de la categoría 'AEMPS'

Ene 14 2013

Balance beneficio-riesgo negativo para ácido nicotínico/laropiprant (Tredaptive®)

Publicado por MGM en la categoría AEMPS, Agencias Reguladoras, EMEA


 
A finales del año 2012, ya nos informó la AEMPS del inicio de la revisión del balance beneficio/riesgo del medicamento Tredaptive® a nivel centralizado, ya que fue autorizado en el año 2008 por la Comisión Europea.
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Y ahora, durante su reunión de enero 2013, el Comité de Farmacovigilancia de Evaluación de Riesgos (PRAC) de la EMA ha llegado a la conclusión de que los riesgos son mayores que los beneficios para Tredaptive®, medicamento utilizado para tratar a los adultos con dislipidemia (niveles anormalmente elevados en sangre de grasas,  tanto triglicéridos como colesterol) y recomienda que este medicamento debe ser suspendido.
 
El siguiente paso es que esta recomendación sea valorada por el Comité de de Medicamentos de Uso Humano (CHMP) de la EMA, que emitirá un dictamen científico final (en la reunión de esta semana).
 
 

El PRAC concluyó que los resultados preliminares del estudio muestran claramente que la administración de Tredaptive® junto con una estatina no tiene ningún beneficio adicional significativo en la reducción del riesgo de eventos cardiovasculares, tales como infarto cardiaco y accidente cerebrovascular en pacientes con alto riesgo de enfermedad cardiovascular. 
 
Aunque Tredaptive® reduce eficazmente los niveles de triglicéridos y aumenta la HDL, los datos del estudio HPS2-THRIVE no demostraron que esto diera lugar a mejores resultados clínicos en los pacientes, y la compañía no ha sido capaz de identificar un grupo específico de pacientes que podrían beneficiarse de este medicamento. Además, el estudio mostró un aumento en la frecuencia de efectos adversos graves en los pacientes que toman estos medicamentos, tales como sangrado, debilidad muscular, infecciones y diabetes.
 
Por lo tanto, a la luz de los últimos datos del estudio, el PRC considera que el balance beneficio-riesgo de Tredaptive® es negativo y ha recomendado a las autorizaciones de comercialización de este medicamento que debe ser suspendido. Por ello, MSD ya ha anunciado que está tomando medidas para suspender en todo el mundo la disponibilidad de Tredaptive® comprimidos de liberación modificada. 
 
18-01-2013.- EMA confirma la recomendación de suspender Tredaptive
 
AEMPS informa que, a partir del 26 de enero de 2013, Tredaptive dejará de estar disponible y no se podrá prescribir ni dispensar.

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Ene 06 2013

Dos nuevos medicamentos para tratamiento de la EPOC: aclidinio y glicopirronio.

Publicado por ABZ en la categoría AEMPS, EMEA

MTRACMTRAC publicó el pasado mes de  noviembre 2012  sendas revisiones sobre dos nuevos fármacos recientemente autorizados por la EMA para el tratamiento de mantenimiento de  la EPOC: bromuro de aclidinio (Eklira Genuair® / Bretaris Genuair®) y bromuro de glicopirronio (Seebrí Breezhaler®). Comentaremos aquí el primero ya incluido en el Nomenclator de enero.

Bromuro de aclidinio es un anticolinérgico de larga duración (LAMA) inhalado, indicado como tratamiento broncodilatador de mantenimiento para aliviar los síntomas en los pacientes adultos con enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC). La dosis recomendada es una inhalación de 322 mcg de aclidinio dos veces al día.

Se han publicado dos ensayos clínicos doble ciego, aleatorizados, que compararon la eficacia de aclidinio a dosis de 200 mcg y 400 mcg dos veces al día frente a placebo:  ATTAIN  (6 meses de duración, n=828) y ACCORD COPD I (3 meses, n=561). Los pacientes podían tomar concomitantemente corticoides inhalados u orales, y teofilina. Como medicación de rescate podía usarse salbutamol. La variable principal de eficacia a estudiar fue el cambio en el  FEV1 en el valor valle, y como variable secundaria el FEV1 en el pico de efecto.

Resultados: en el ATTAIN, aclidinio 400 mcg produjo una mejora media significativa en el FEV1 pre-dosis matutino (valle) respecto al placebo de 128 ml (IC 95%: 85-170; p <0,0001), y de 209 ml (IC 95%: 163-256; p< 0,0001) en el FEV1 obtenido durante las 3 primeras horas tras la administración (valor pico). Se obtuvieron resultados similares en el otro estudio (124 ml, IC 95%: 83-164 ml, p<0,0001). No hubo diferencias significativas en la frecuencia de exacerbaciones moderadas a graves entre los grupos, aunque la tasa fue menor en los grupos con aclidinio que en el grupo con placebo.

En otras variables estudiadas referidas al estado de salud específico para la enfermedad y en los beneficios sintomáticos, aclidinio produjo, en ambos estudios, mejoría clínica significativa en la disnea (evaluada mediante el Índice de Transición de la Disnea (ITD)) y en el estado de salud (evaluado mediante el St George´s Respiratory Questionnaire).

La única comparación directa disponible de aclidinio con tiotropio proviene de dos estudios de fase II (estudios de búsqueda de dosis) con 30 pacientes. Dichos estudios no tuvieron suficiente poder estadístico para mostrar diferencias significativas entre aclidinio y tiotropio en el valor basal de FEV1 AUC, tanto en el análisis por intención de tratar como en el análisis por protocolo.
 

El perfil de seguridad cardiovascular de aclidinio se caracteriza por los efectos anticolinérgicos. Debe utilizarse con precaución en pacientes con historia de infarto de miocardio reciente (en los últimos 6 meses), angina inestable, arritmia de nueva aparición diagnosticada en los últimos 3 meses, u hospitalización por insuficiencia cardiaca en los últimos 12 meses (clase funcional III y IV de la NYHA). Estos pacientes fueron excluidos de los ensayos clínicos y estos procesos pueden verse agravados por el efecto anticolinérgico.
No debe utilizarse en asma, ya que no hay datos clínicos en dicha indicación.   
 

En cuanto a su coste, éste es menor que tiotropio (52,76 €/mes en caso de Spiriva® 18 μg/cap  Handihaler vs 47,61 € con Eklira Genuair®/Bretaris Genuair®). 

En el Informe de posicionamiento de bromuro de aclidinio de la AEMPS, en su apartado de conclusiones se recoge:
“…Los datos disponibles no permiten concluir que existan diferencias clínicas relevantes en eficacia, seguridad o cumplimiento terapéutico con otros anticolinérgicos inhalados autorizados como el Spiriva® (bromuro de tiotropio), mientras que no hay datos comparativos con Atrovent® (bromuro de ipratropio).”

MTRAC
resume:

 Ø       Evidencia de su eficacia relativameMTRAC Eklirante débil (aunque en los estudios publicados mostró ser significativamente superior a placebo en la mejora de la función pulmonar y la disnea, los estudios fueron relativamente pequeños y de corta duración y no hay estudios  adecuadamente diseñados publicados  que comparen aclidinio con otros broncodilatadores de larga duración).

Ø       De momento sería alternativa terapéutica ya que la evidencia de su eficacia en las exacerbaciones es limitada y todavía no hay datos de su seguridad a largo plazo.

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Dic 17 2012

EMA recomienda una nueva contraindicación para dabigatran

Publicado por MGM en la categoría AEMPS, Agencias Reguladoras, EMEA


El 13 de diciembre de 2012, el Comité de Medicamentos de Uso Humano (CHMP) de la Agencia Europea del Medicamento (EMA) emitió una opinión positiva recomendando una modificación en la autorización de comercialización del medicamento Pradaxa® (dabigatran).
 
La nueva contraindicación recomendada es que no debe usarse dabigatran en pacientes con prótesis valvulares cardíacas que requieren tratamiento anticoagulante. Esta nueva condición de uso se incluirá en la ficha técnica del producto en la versión revisada del informe de evaluación público europeo (EPAR) y estará disponible en todas las lenguas oficiales de la Unión Europea.
 
Por lo tanto, el apartado 4.3 Contraindicaciones quedará de la siguiente manera:
 
• Hipersensibilidad al principio activo o a alguno de los excipientes incluidos en la sección 6.1
 
• Pacientes con insuficiencia renal grave (ACr < 30 ml/min) (ver sección 4.2)
 
• Hemorragia activa clínicamente significativa
 
• Lesiones o enfermedades con un riesgo significativo de sangrado mayor como por ejemplo úlcera gastrointestinal activa o reciente, presencia de neoplasias malignas con alto riesgo de sangrado, traumatismo cerebral o espinal reciente, cirugía cerebral, espinal u oftálmica reciente, hemorragia intracraneal reciente, conocimiento o sospecha de varices esofágicas, malformaciones arteriovenosas, aneurismas vasculares o anomalías vasculares intraespinales o intracerebrales mayores
 
• Tratamiento concomitante con cualquier otro agente anticoagulante, p. ej. heparina no fraccionada (HNF), heparinas de bajo peso molecular (enoxaparina, dalteparina, etc.), derivados de la heparina (fondaparinux, etc.), anticoagulantes orales (warfarina, rivaroxabán, apixabán, etc.) excepto bajo las circunstancias de cambio de tratamiento a o desde Pradaxa o cuando se administre HNF a las dosis necesarias para mantener un catéter venoso o arterial central abierto (ver sección 4.5)
 
• Insuficiencia o enfermedad hepática que pueda afectar a la supervivencia
 
• Tratamiento concomitante con ketoconazol por vía sistémica, ciclosporina, itraconazol, tacrolimus y dronedarona (ver sección 4.5)
 
• Prótesis valvulares cardíacas que requieren tratamiento anticoagulante (ver sección 5.1).
 
El titular de la autorización de comercialización de este medicamento, Boehringer Ingelheim International GMBH, podrá solicitar una nueva revisión del dictamen del CHMP, siempre que lo notifique a la EMA por escrito dentro de los 15 días de la recepción del dictamen.
 
19-12-2012: Nota Informativa de la Agencia Española del Medicamento a los profesionales sanitarios sobre contraindicación del Dabigatrán (Pradaxa®) en pacientes con prótesis valvulares cardíacas mecánicas.
 

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Ago 01 2012

Adecuación de formatos en antibióticos a las necesidades clínicas reales

Publicado por MGM en la categoría AEMPS, Agencias Reguladoras


 
Se denomina “formato” de un medicamento al número de unidades contenidas en el envase y/o el contenido del mismo. De este modo, para un mismo medicamento, puede haber varios formatos que responden a diferentes necesidades de tratamiento.
 
Hoy en día existen medicamentos que contienen antibióticos autorizados desde hace muchos años, cuyo formato se ha quedado obsoleto con el paso del tiempo debido a los cambios que han ido sucediéndose en la práctica clínica.
 
En este contexto, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, ha trabajado conjuntamente con las principales sociedades científicas de médicos y farmacéuticos de atención primaria, Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaria (semFYC), Sociedad Española de Médicos de Atención Primaria (SEMERGEN), Sociedad Española de Médicos Generales y de Familia (SEMG) y la Sociedad Española de Farmacéuticos de Atención Primaria (SEFAP), con el objetivo común de establecer unas recomendaciones que permitan adecuar los formatos de los medicamentos con antibióticos autorizados a la posología y duración del tratamiento más habitual según la práctica clínica.
 
Pongamos por ejemplo la actualización de la EMA sobre la posología y duración de ciertos antibióticos, como el levofloxacino 
 

Indicación Pauta posológica
(según gravedad)
Duración del
tratamiento
(según gravedad)
Sinusitis bacteriana aguda 500 mg una vez al día 10 - 14 días
Exacerbación bacteriana aguda de bronquitis crónica 500 mg una vez al día 7 - 10 días
Neumonía adquirida en la comunidad 500 mg una/dos veces día 7 – 14 días
Pielonefritis 500 mg una vez al día 7 - 10 días
Infecciones complicadas del tracto urinario 500 mg una vez al día 7 - 14 días
Infecciones no complicadas del tracto urinario 250 mg una vez al día 3 días
Prostatitis bacteriana crónica 500 mg una vez al día 28 días
Infecciones de piel y tejidos blandos 500 mg una/dos veces día 7 - 14 días
Inhalación Anthrax 500 mg una vez al día 8 semanas


Para ajustar los formatos a estos tratamientos más habituales según la práctica clínica, se van a realizar las siguientes adecuaciones de formato:
 

 

Los cambios en los formatos se irán produciendo a lo largo de los próximos seis meses y de forma paulatina hasta que, finalmente, sólo queden en el mercado los formatos nuevos.
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Esta medida, que supone un mejor ajuste del número de unidades de los envases a las necesidades de los pacientes, debe contribuir a que los pacientes completen sus tratamientos con antibióticos y que no sobren unidades de los mismos, lo cuál tendrá un impacto relevante sobre la salud pública y sobre la racionalización en el uso de medicamentos.
 

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Jun 25 2012

Idaptan® y trimetazidina genérica: balance desfavorable en vértigo y tinnitus

Publicado por MGM en la categoría AEMPS, Agencias Reguladoras


 
Trimetazidina
se encuentra autorizada en España desde 1985 con el nombre comercial Idaptan® y posteriormente como medicamento genérico para el tratamiento profiláctico de las crisis de angina de pecho y tratamiento adyuvante sintomático de vértigo y tinnitus.
 
El Comité de Medicamentos de Uso Humano (CHMP) de la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) ha finalizado la revisión del balance beneficio-riesgo de trimetazidina en sus indicaciones autorizadas en los distintos países de la UE y una de las conclusiones del CHMP ha sido que con los datos disponibles actualmente, el balance beneficio-riesgo de trimetazidina no es favorable en el tratamiento del vértigo, tinnitus y alteraciones de la visión.
 
Esta revisión se inició con motivo de los datos de seguridad relacionados con la aparición de síntomas neurológicos durante el tratamiento con trimetazidina, tales como parkinsonismo, síndrome de piernas inquietas, temblor o inestabilidad en la marcha, así como la necesidad de revisar los datos de eficacia del medicamento en sus indicaciones autorizadas. Los síntomas neurológicos mencionados revierten en la mayoría de los pacientes en unos cuatro meses tras la suspensión del tratamiento. 
 
Por ello, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios recomienda a los profesionales sanitarios: 

- No iniciar nuevos tratamientos con trimetazidina para el tratamiento de cuadros de vértigo o tinnitus. 

- Su uso en la profilaxis de crisis de angina de pecho debe ser como tratamiento coadyuvante de otras alternativas de primera línea cuando el paciente no se controla adecuadamente o en caso de intolerancia a las mismas. 
 
- No utilizar trimetazidina en pacientes con enfermedad de Parkinson, parkinsonismo, temblores, síndrome de piernas inquietas y otras alteraciones del movimiento, así como en pacientes con insuficiencia renal grave 
 
- Aunque no se considera urgente, se debe revisar el tratamiento de los pacientes que utilizan actualmente trimetazidina según lo expuesto anteriormente y, valorar el cambio a otras alternativas terapéuticas.  
 
- Valorar la reducción de dosis en pacientes de edad avanzada o con insuficiencia renal moderada. 

- Suspender el tratamiento con trimetazidina en el caso de que el paciente presente alteraciones del movimiento. Si estos síntomas perduran después de cuatro meses después de suspender el tratamiento, la situación clínica del paciente deberá ser valorara por un neurólogo. 

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Abr 10 2012

Inhibidores de la bomba de protones y riesgo de fracturas óseas

Publicado por MGM en la categoría AEMPS, Agencias Reguladoras

Los inhibidores de la bomba de protones (IBP) constituyen uno de los grupos farmacológicos más ampliamente utilizados que incluyen diversos principios activos (esomeprazol, lansoprazol, omeprazol, pantoprazol y rabeprazol).
 
La Agencia Española del Medicamento, en su resumen mensual de marzo de 2012, nos informa que varios estudios epidemiológicos indican la asociación de la aparición de fracturas óseas y el uso de IBP, fundamentalmente en tratamientos prolongados y a dosis elevadas.
 
Tras la publicación de dos metaanálisis de estudios observacionales, las agencias nacionales de medicamentos de la Unión Europea han llevado a cabo una nueva revisión de la información disponible, para la que también se ha solicitado a los titulares de la autorización de comercialización los datos disponibles sobre fracturas óseas, procedentes de ensayos clínicos realizados a largo plazo con IBP (el resumen de la AEMPS desarrolla toda la bibliografía).
 
En ellos se observó un incremento de riesgo para cualquier fractura del 20% y 29% respectivamente. Adicionalmente, para fracturas de cadera, el riesgo observado fue del 23% y 31% respectivamente, así como del 50% y 56% para fracturas vertebrales. La magnitud del riesgo observado se incrementó con la duración del tratamiento y el aumento de dosis utilizadas. 
 
Tomando como base estos datos, el Grupo de Trabajo de Farmacovigilancia del CHMP de la Agencia Europea del Medicamento (EMA), ha recomendado que este modesto incremento de riesgo de fracturas ósea, particularmente cuando se utilizan durante periodos prolongados de tiempo (más de 1 año) y en pacientes de edad avanzada o en aquellos con factores de riesgo conocidos, se incluya en la ficha técnica y el prospecto de los medicamentos de prescripción autorizados que contienen IBP. 
 
Y….. no vale añadir un bifosfonato para prevenir este efecto adverso de los IBP, ya que echando la vista atrás, ya comentamos un estudio de cohortes publicado en Arch Intern Med que tenía como objetivo determinar si en pacientes ancianos en tratamiento con un IBP y alendronato, la eficacia del bifosfonato se ve reducida por la administración conjunta de ambos fármacos. En total, participaron 38.088 pacientes mayores de 35 años (83%mujeres) con una edad media de 70,4 años (rango 35-101) en tratamiento con alendronato y que no habían recibido previamente otro fármaco para el tratamiento de la osteoporosis. 
 
La variable principal de estudio fue la fractura de cadera y como variables secundarias fracturas de columna vertebral, antebrazo o húmero. Para poder establecer la asociación IBP-alendronato-posible disminución de la eficacia, los autores definieron un índice de cumplimiento para el alendronato y lo relacionaron con el número de Dosis Diarias Definidas (DDD) de IBP.
 
Para la fractura de cadera se detecta una relación significativa entre administración del IBP y disminución de la eficacia del bifosfonato, que además parece depender de la edad y de la dosis administrada, es decir, del número de DDD. En pacientes que tomaban alendronato pero no IBP, la reducción del riesgo de fractura de cadera fue del 39% (HR 0,61; IC95%0,52-0,71) mientras que en aquellos que recibían ambos fármacos la reducción fue del 19% (HR 0,81; IC95% 0,64-1,01). 
 
Como comentario final, una sugerencia en la misma línea editorial que acompañaba a este estudio, titulado OPORTUNIDADES PARA DISMINUIR EL USO INAPROPIADO DE IBP. Recordar que, aunque los IBP son fármacos bien tolerados, tomarlos de forma crónica o junto a otros fármacos puede aumentar riesgos de interacciones o infecciones. Y que no todos los pacientes que llevan tratamiento farmacológico necesitan gastroprotección con un IBP, sino sólo aquellos que presenten factores de riesgos asociados.

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Mar 16 2012

Ranelato de estroncio: nuevas contraindicaciones de uso

Publicado por RIM en la categoría AEMPS, Agencias Reguladoras


 
La Agencia Europea
de Medicamentos (EMA) ha emitido una nota informativa que recoge nuevas contraindicaciones de uso de ranelato de estroncio. Tras la revisión, la EMA confirma el balance beneficio-riesgo positivo de ranelato de estroncio, pero recomienda que no debe utilizarse en pacientes con tromboembolismo venoso actual o previo (trombosis venos profunda y embolismo pulmonar y en pacientes inmovilizados de forma temporal o permanente).  
 
Además debe informarse a los pacientes sobre la aparición de reacciones dermatológicas graves y de sus posibles signos y síntomas con objeto de facilitar la detección precoz de este tipo de reacciones. El periodo de mayor riesgo de aparición son las primeras semanas de tratamiento,
 El riesgo de TEV es más frecuente en pacientes de edad avanzada, por lo que recomienda valorar la necesidad de continuar el tratamiento en pacientes mayores de 80 años.
 
La publicación en 2011 de un estudio que identificó 199 reacciones adversas graves, motivó que la Agencia Europea de Medicamentos iniciara una revisión sobre la toxicidad de ranelato de estroncio.

Más información en la Nota Informativa de la Agencia Española del Medicamento

 

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Feb 26 2012

Cómo comunicar aspectos del etiquetado de los medicamentos susceptibles de provocar errores de medicación.

Publicado por ABZ en la categoría AEMPS, Agencias Reguladoras


 
La Agencia Española
de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) ha habilitado una dirección de correo electrónico errores.etiquetado@aemps.es  para la notificación de aspectos de la información de medicamentos concretos que se considere puedan conducir a errores de medicación.
 
  ¿Qué notificar?
Se deben notificar, por ejemplo: 
- Marcas de medicamentos que generen confusión por similitud (medicamentos parónimos);
- Nombres de medicamentos que sean difíciles de distinguir bien por la dosis, o por la vía de administración (por ejemplo, Marca 100mg/ml polvo y disolvente para solución inyectable i.m. y Marca 100mg/ml polvo y disolvente para solución inyectable i.v.);
- Etiquetado que incluya texto confuso o poco visible para el usuario, tanto en el acondicionamiento primario (en contacto con el medicamento) como en el embalaje exterior;
- Información confusa o limitada para el paciente (prospecto) o para el profesional sanitario (ficha técnica). 
 

  ¿Quién puede notificar?

Estas notificaciones pueden ser remitidas por: 

  • Profesionales sanitarios;
  • Departamentos sanitarios de las Comunidades Autónomas;
  • Organismos profesionales colegiales;
  • Instituciones u organismos para la seguridad del paciente;
  • Pacientes de forma individual o a través de organizaciones de consumidores y usuarios.

  ¿Qué datos se notificarán?
La notificación deberá contener la mayor cantidad de información posible. Entre los datos que deben incluirse en la notificación, si están disponibles, se encuentran: 

  • Nombre del medicamento incluyendo la forma farmacéutica, número de registro y código nacional (todos ellos incluidos en el embalaje exterior).
  • Número de lote y fecha de caducidad del envase, cuando proceda.
  • Motivos en los que se basa el incidente o el error potencial.

 Pueden adjuntarse otros datos relevantes para la evaluación del caso si estuviesen disponibles, incluidas fotografías del medicamento o medicamentos involucrados. La notificación deberá ir acompañada de la identificación y los datos de contacto de la persona que notifique (teléfono, correo electrónico). 
 
Utilidad de estas notificaciones
La AEMPS revisará todas las notificaciones recibidas y adoptará las medidas necesarias para evitar potenciales errores de medicación. Asimismo, cuando se considere necesario, se procederá a la publicación en la página web de notas informativas relativas a medicamentos concretos o que contengan información general de interés, por ejemplo listados de medicamentos parónimos. El objetivo último de estas actividades es identificar, corregir y evitar potenciales incidentes a consecuencia de defectos en la información del medicamento (p.ej. etiquetado).  

La AEMPS recuerda también que:
Los incidentes que hayan ocasionado daño en el paciente deben notificarse por un profesional sanitario al Centro Autonómico de Farmacovigilancia de la Comunidad Autónoma
correspondiente
 
http://www.aemps.gob.es/vigilancia/medicamentosUsoHumano/docs/dir_serfv.pdf 
mediante “tarjeta amarilla”, indicando las reacciones o efectos adversos que ha presentado el paciente: 
  
Error de medicación + Daño= Reacción adversa (que se debe notificar mediante tarjeta amarilla a Farmacovigilancia)  
 
Damos la bienvenida  a esta  posibilidad de comunicar incidentes que todos en algún momento hemos querido comunicar y no sabíamos donde. Nuestros vecinos franceses lo tienen quizá algo más fácil que nosotros pues la página web de la Agencia Francesa de Seguridad Sanitaria tiene colgado un formulario para declarar estos errores (Fiche de signalement (20/04/2011)). 

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Feb 20 2012

No se recomienda la combinación de Aliskireno con IECA o ARA II

Publicado por MGM en la categoría AEMPS, Agencias Reguladoras


Como continuación de la nota informativa 28/2011, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) informa a los profesionales sanitarios sobre las conclusiones de la revaluación del balance beneficio-riesgo del uso de aliskireno en asociación con IECA o ARAII.
 
Esta revisión se inició como consecuencia de la interrupción del ensayo clínico ALTITUDE. Este estudio, de 4 años de duración se diseñó para evaluar los potenciales beneficios de aliskireno en la reducción del riesgo cardiovascular y renal en pacientes diabéticos. En él se incluyeron pacientes con diabetes tipo 2 y alteración renal y/o enfermedad cardiovascular. Estos pacientes recibieron aliskireno o placebo de forma adicional al tratamiento con IECA o ARAII.
 
El Comité de Medicamentos de Uso Humano (CHMP), comité científico de la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) constituido por representantes de todas las agencias nacionales europeas, ha revisado los datos disponibles del estudio ALTITUDE, así como de otros estudios y los procedentes de notificación espontánea de sospechas de reacciones adversas.
 
Los datos analizados muestran un riesgo incrementado de hipotensión, síncope, ictus, hiperpotasemia y alteraciones de la función renal incluyendo insuficiencia renal, cuando aliskireno se utiliza en combinación con IECA o ARAII, especialmente en pacientes diabéticos o con alteración de la función renal. No se puede excluir este riesgo para otros pacientes.
 
Como consecuencia, se han introducido nuevas restricciones de uso de aliskireno: ·         El uso de aliskireno en combinación con IECA o ARAII está contraindicado en pacientes diabéticos y en aquellos con insuficiencia renal moderada o grave. 
 
·         Para los demás pacientes, no se recomienda su uso en combinación con IECA o ARAII.
Teniendo en cuenta estas conclusiones y restricciones de uso de aliskireno, la AEMPS recomienda a los profesionales sanitarios que revisen el tratamiento de los pacientes en la próxima consulta programada, de acuerdo a lo siguiente:
 
·         Suspender el tratamiento, y no iniciar nuevos, con aliskireno en pacientes diabéticos o con insuficiencia renal moderada o grave, que utilizan IECA o ARAII. 
 
·        
En otros pacientes que utilizan este tratamiento en combinación, valorar cuidadosamente si los beneficios para el paciente superan los riesgos potenciales, y valorar en consecuencia la pertinencia de la continuación del mismo. 
 
·         Indicar a los pacientes que no deben suspender el tratamiento con aliskireno sin consultar con su médico. 
 

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Ene 23 2012

Beneficio incuestionable de la utilización de estatinas frente al riesgo de diabetes…

Publicado por MGM en la categoría AEMPS, Agencias Reguladoras

…….. en pacientes con riesgo cardiovascular moderado-alto o con enfermedad cardiovascular existente.

Después de la publicación de un metaanálisis en el que se observó que el tratamiento con estatinas se asociaba con un ligero incremento de la aparición de diabetes mellitus (DM), las agencias de medicamentos nacionales de la Unión Europea han llevado a cabo una evaluación de este riesgo, basada en todos los datos disponibles.
 
Diversos ensayos clínicos han analizado el riesgo de aparición de DM asociado al uso de estatinas con cierta inconsistencia en los resultados. Mientras algunos estudios mostraban una reducción de riesgo, otros sugerían un incremento del mismo. Un metanálisis de 13 ensayos clínicos obtuvo resultados que mostraban un ligero incremento de riesgo (odds ratio 1.09; IC 95% 1.02-1.17), estimando sus autores la aparición de 1 caso adicional por cada 1.000 personas-año de tratamiento, lo que representa la aparición de 1 caso por cada 255 pacientes tratados durante 4 años.
 
Dado el amplio uso que tienen estos medicamentos, un ligero incremento de riesgo puede representar un número relevante adicional de casos de DM por año. Los principios activos incluidos en esta revisión han sido: atorvastatina, fluvastatina, pitavastatina, pravastatina, rosuvastatina y simvastatina. Para cada uno de estos principios activos se han revisado los estudios clínicos y no clínicos disponibles.
 
Obtener una conclusión general sobre las estatinas como grupo a través de los resultados de los ensayos clínicos disponibles está sujeto a diversas limitaciones ya que los diferentes estudios analizados presentan variabilidad en cuanto a la inclusión de diferentes tipos de pacientes, duración del estudio y dosis empleadas. Adicionalmente, en la mayoría de los estudios, el diagnóstico de diabetes no constituía un objetivo del estudio y, por tanto, el criterio diagnóstico es variable.
 
Del análisis de los estudios clínicos y no clínicos disponibles, se ha concluido que existe suficiente evidencia que apoya la relación causal entre el uso de estatinas y la aparición de DM. Sin embargo, este riesgo incrementado parece circunscribirse predominantemente a pacientes con riesgo de desarrollar DM. La glucemia en ayunas aumentada antes de iniciar el tratamiento se considera un factor clave en la identificación de la población en riesgo, otros factores de riesgo incluyen historia de hipertensión arterial, aumento de triglicéridos o incremento del índice de masa corporal (IMC).
 
Por otra parte, en todos los ensayos clínicos se mostró que el beneficio cardiovascular de las estatinas es de la misma magnitud en los pacientes que desarrollaron DM que en aquellos en los que no apareció. Aunque se ha estimado la aparición de 1 caso de DM por cada 255 pacientes tratados con estatinas durante 4 años, se considera que con esta misma exposición a estatinas se evitarían 5,4 muertes o infartos de miocardio, además del mismo número de accidentes cerebrovasculares o revascularizaciones coronarias. Por lo tanto, la proporción estimada es de 9 a 1 a favor del beneficio cardiovascular.
 
A pesar de que se ha concluido que el riesgo de desarrollar DM está incrementado en pacientes susceptibles, los estudios disponibles muestran claramente que el beneficio del uso de estatinas en la reducción de acontecimientos cardiovasculares mayores, se mantiene en este tipo de pacientes. Por lo tanto, el balance beneficio-riesgo de estos medicamentos se mantiene favorable, incluyendo aquellos pacientes con riesgo de aparición de DM o en aquellos con DM diagnosticada al inicio del tratamiento.
 
Las fichas técnicas y prospectos de los medicamentos con estatinas se actualizarán, incluyendo una advertencia indicando que los pacientes en riesgo de sufrir DM (glucemia en ayunas 5,6-6,9 mmol/L, IMC>30 kg/m2, nivel de triglicéridos aumentado o hipertensión arterial), deben ser monitorizados, según las recomendaciones de las guías de práctica clínica. DM se incluirá como una reacción adversa frecuente en la sección correspondiente de las fichas técnicas y los prospectos.
 
La bibliografía se encuentra incluida en el Informe Mensual de la AEMPS del mes de diciembre de 2011

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